El Alcalde de Quito junto con sus Concejales aprobaron recientemente una ORDENANZA TAURINA que ha sido rechazada por amplios sectores de la sociedad especialmente por los defensores de los animales y amantes de la naturaleza por considerarla ilegal. La Ordenanza fué aprobada con 13 votos a favor y 2 en contra, violentado -según publicaciones en las redes sociales- "de manera descarada la voluntad popular, burlándose no solo de los ciudadanos de Quito sino de todo el país y pisoteando por completo nuestra CONSTITUCIÓN". El disgusto llega a tal punto que incluso se solicita la prisión para estos funcionarios.
Estos son algunos de los artículos más controversiales al respecto: (en letras cursivas los comentarios del investigador de la nota).
Art. IV. 305.- En el caso de que no hubiere sido posible la vuelta de la res a los corrales, por su grado de INUTILIDAD O DISCAPACIDAD, luego de salidos los cabestros, el Presidente autorizará su SACRIFICIO en el ruedo por el puntillero; y, de no resultar posible, por el torero de turno. Las reses que sean devueltas a los corrales de acuerdo a lo dispuesto en los incisos anteriores, SERÁN NECESARIAMENTE APUNTILLADAS en los mismos.
Art. IV. 196.- Declaración.- Se reconoce a los espectáculos taurinos como TRADICIÓN ANCESTRAL DE LOS QUITEÑOS, SIENDO DEBER DEL MUNICIPIO FOMENTARLOS Y DIFUNDIRLOS COMO ACERVO CULTURAL Y ELEMENTOS IRRENUNCIABLES DE LA IDENTIDAD HISTÓRICA DE QUITO.
Art. IV. 289.- Las reses recibirán el número de PUYASOS que necesiten de acuerdo con sus características.
Un toro puede perder en la operación de picado o PUYASO dos o más litros de sangre lo que significa alrededor del 10% del total de la que tiene (unos 19 litros). Una persona que perdiera una cantidad proporcional a la señalada queda postrada. El PUYASO o humillación consigue lesionar los músculos y ligamentos que sujetan la cabeza del TORO. Con dichos músculos destrozados, el animal no es que se humille, es que no puede levantar la cabeza, lo cual facilita el posterior lucimiento del matador”. El toro, en ese momento, ya ha sido intencionalmente discapacitado y listo para el sacrificio "descarado" -según los grupos de oposición- auspiciados por el Alcalde y sus Concejales.
Art. IV. 208.- Las plazas permanentes de primera categoría dispondrán de los siguientes servicios e instalaciones:
g) Una nave destinada al FAENAMIENTO de las reses.
Art. IV. 312.- Del destazadero.- Las plazas de toros de primera categoría del Distrito Metropolitano deberán contar con un destazadero destinado al desposte.
A quien piensan venderles esa carne dañada con tóxicos, drogas y sustancias peligrosas para la salud
Quienes forman estas redes afirman ser los "Niños que ya han crecido" y que no están dispuestos a tolerar estas "acciones solapadas". Por este motivo bajo diferentes posiciones están realizando "inserciones" en los perfiles públicos en las redes sociales de quienes promueven la actividad torera; la respuesta ha sido similar a la de algunos de los grupos de Yasunízate cuando se los confronta con pruebas que están ocurriendo es decir, eliminación y bloqueo.
La más reciente de estas acciones de contrapublicidad y que han recibido una lluvia de voces de apoyo en las redes sociales fue la reciente "intervención" dentro del programa de elección de la Reina de Quito. (Una de las principales figuras dentro del contexto de las corridas de toros en la capital). VER VIDEO COMPLETO.
Quienes persisten en esta campaña afirman que las acciones de contrapublicidad virtual y física continuarán, como dicen algunos de sus voceros , con más "sorpresas". Incluso se ha confirmado la participación de varias organizacione sprovinciales durante los días que dure la quizás mas grande fiesta torera del país.
INVESTIGACION : Ing. José Joaquín Loayza Navarrete
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